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sábado, 12 de junio de 2021

Sentencia condenatoria a un pub del Casco Antiguo en Badajoz por exceso de ruido en el local.

HOY, (11/06/2021).

Información aparecida en HOY (11/06/2021) sobre la sentencia sobre la sentencia contras los recursos naturales y el medio ambiente por contaminación acústica del artículo 325. 1 del Código Penal. Esto es, exceso de #ruido.

"Un empresario de la hostelería que gestionó durante años un local de copas del Casco Antiguo ha sido condenado a seis meses de prisión por emitir ruidos en horario nocturno en unos niveles intolerables para el vecindario, causando con ello un trastorno de ansiedad en los vecinos que ocupaban una de las viviendas que se encontraban justo al lado del pub.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz pone fin a un largo procedimiento judicial en el que han resultado claves las mediciones realizadas por el Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento de Badajoz, cuyo técnico llegó a medir hasta 20 decibelios más de lo permitido en la vivienda en la que residían los denunciantes.

El fallo explica que el condenado gestionó desde el año 2012 un local de la calle San Blas en régimen de arrendamiento. Se trataba del café-bar Kusso, donde se desarrollaba la actividad hostelera tanto en el interior del establecimiento como en un patio interior.

Durante el ejercicio de esa actividad el local emitió ruidos intolerables que tenían un doble origen. Por un lado, procedían de la música emitida a través de los aparatos reproductores del local sin hacer uso de los limitadores que existen en este tipo de negocios para evitar que se superen los límites autorizados. Por otro, el ruido era generado por la aglomeración de personas en cantidades superiores al aforo autorizado, especialmente de madrugada.

En la sentencia se recoge que esos ruidos fueron emitidos de forma constante en el tiempo, lo que dio lugar a reiteradas denuncias de los vecinos y a la apertura por parte del Ayuntamiento de Badajoz de numerosos expedientes sancionadores, algunos de los cuales conllevaron el cierre del local.

En esos expedientes se incluyeron las mediciones de ruido hechas por un técnico del Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento de Badajoz el 21 de diciembre de 2014 y el 12 de abril de 2015, En ambos casos el sonómetro detectó entre las 2 y las 3 de la madrugada niveles de ruido calificados como «intolerables» de acuerdo con la normativa en vigor.

Esos estudios se hicieron en la vivienda de los denunciantes, que, como consecuencia de esa «exposición prolongada» en el tiempo a tales niveles de ruido en horas nocturnas, «se han visto privados del sueño y del descanso necesario».

Uno de los denunciantes llegó a sufrir trastorno de ansiedad y precisó ser tratado con ansiolíticos desde abril de 2017 hasta principios de 2018. En la fase de instrucción dijo que incluso había llegado a perder capacidad auditiva, pero el juzgado no ha podido determinar que haya sido el ruido del bar la causa de la hipoacusia que sufre.

En cuanto al segundo afectado, el juzgado indica que el ruido le ha causado un trastorno de adaptación y una reacción de ansiedad. Además, la hipoacusia que sufría con anterioridad a estos hechos «pudiera haberse visto agravada tan solo de forma muy leve por ello»,

En un primer momento el Ministerio Fiscal solicitó una pena de 2 años de prisión para el acusado, pero el día que iba a celebrarse el juicio tanto las acusaciones como la defensa alcanzaron una conformidad previa que fija la pena en 6 meses de prisión por un delito consumado contra los recursos naturales y el medio ambiente por contaminación acústica.

El condenado también deberá pagar una multa de 900 euros (3 euros diarios durante 10 meses) y abonar un total de 12.000 euros a los denunciantes, 6.000 a cada uno de los perjudicados.

Además, el procesado queda inhabilitado durante un año para ejercer profesiones u oficios relacionados con negocios hosteleros consistentes en la explotación de bares musicales nocturnos" (HOY,11/06/2021).

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