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domingo, 12 de julio de 2026

Sobre el papel de la judicatura en la España Actual. Un problema recurrente.

Subo al blog dos artículos sobre la actuación de algunos jueces en España. Son dos muestras de las numerosísimas publicaciones que se realizan al respecto.

La primera (transcripción y pantallazo) es un artículo mío que se publica en el HOY (12/07/2026). El segundo (pantallazo) está reproducido de El País (12/07/2026).


Independencia judicial: Me encantaría.


Es conocido que en España existen tres poderes diferenciados que interaccionan en la idea de evitar el abuso y el excesivo poder en una sola institución. Es una idea que tiene su base en la constitución actual y, como tal, debiera ser aceptada y asumida por todos.

La norma básica en España recuerda que “la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” (art. 1.2.) y que “las Cortes Generales representan al pueblo español” (art. 66). Señala que “la justicia emana del pueblo y se administrará por jueces y magistrados integrantes del poder judicial” (art. 117.1.).

Obviamente, la referencia al texto constitucional no evita diferentes interpretaciones. Una discrepancia actual surge, en mi opinión, cuando damos significado a los términos que deben guiar la actuación de los jueces y que según el artículo anterior deben ser: independientes, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley. Tres aspectos que debieran impregnar todas sus decisiones.

Al recurrir a la RAE leemos el vocablo independiente unido a neutral, imparcial y objetivo. También, nos indica que las personas responsables deben responder de algo o por alguien y poner cuidado y atención en lo que hacen o deciden.

Ante esto son numerosos los casos de actuaciones de jueces y fiscales que últimamente nos hacen dudar que sus decisiones sigan esos principios. No solo a mí (más del 65 % según algunas encuestas), ya que oyendo y leyendo los medios de comunicación son muchos los juristas expertos y con prestigio que opinan en tal sentido. Interpreto que el estado de derecho me da libertad para criticar, positiva o negativamente, la actuación de los jueces o de cualquier otro poder que se refleja en la constitución. Nadie debe escandalizarse por ello.

La verdad es que algunas de las actuaciones y decisiones que vemos actualmente no parecen que estos aspectos de independencia o responsabilidad se cumplan. A modo de ejemplo, según los medios de comunicación un juez inició un proceso contra una persona a instancia de una asociación que basaba sus denuncias en recortes de prensa. Informan que según la dotrina del Tribunal Supremo no debieran admitirse denuncias o querellas basadas solo en recorte de prensa, aspecto que el juez no consideró. Los mismos denunciantes admitieron, con posterioridad, que las pruebas presentadas eran falsas. A pesar de ello, el juez siguió con su investigación, que a juicio de muchos juristas es una investigación prospectiva (la que se basa en suposiciones o hipótesis) prohibida por la dotrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Ello en un procedimiento cargado de decisiones y justificaciones difíciles de comprender y numerosas irregularidades señaladas por el Tribunal Supremo y la Audiencia Provincial de Madrid. No pasa nada y seguimos esperando el próximo episodio.

De difícil comprensión, incluso para numerosos juristas, es la sentencia que condenó al fiscal general porque, al no demostrarse que fue el quien filtró la nota de prensa, sentenciaron que “habría” sido él o alguien de su entorno con su conocimiento. Ello a pesar de que diferentes periodistas dijeran directamente que no fue el quien la filtró y declararan que conocían la noticia antes de que llegara al poder judicial. Creo que esta sentencia se corregirá en un futuro, aunque el daño ya está hecho.

Lamentablemente, estos dos ejemplos no son hechos aislados donde las actuaciones y decisiones de los tribunales dejan muchas dudas sobre su actuación en relación a los principios que se señalaban de independencia, responsabilidad y cumplimiento de las dotrinas jurídicas. Podríamos haber cogido otros ejemplos.

Hay otras cuestiones que, también, ponen en tela de juicio la actuación de jueces y fiscales. Pueden ponerse ejemplos donde la velocidad de los procesos no es la misma, de diferencia de criterios de admisión de delitos ante denuncias concretas, o de la información que se vierte (¿se filtra?) a los medios de los procesos. En algunos casos, conocemos hasta cuándo ha ido al peluquero y de otros no sabemos casi nada. ¿Casualidad o negligencia?

Todo ello, hace que muchos ciudadanos y organizaciones diversas cuestionemos las actuaciones de determinados jueces y manifestemos nuestro desacuerdo con las mismas, lo que no debe ser interpretado como un intento de injerencia. Es más bien la manifestación ante unos hechos.

Por otra parte, son evidentes las concentraciones y declaraciones de claro carácter político de jueces, que, en algunos casos, muestran textos e imágenes que se identifican con partidos políticos concretos. En 2023, Feijóo se reunió con más de cincuenta fiscales para debatir, entre otras

cuestiones, de sus compromisos legislativos en un hipotético gobierno del PP. No me parece mal que se reúnan, pero si no hay nada que ocultar ¿por qué tanto secretismo? Es evidente que la relación entre justicia y política es compleja.

Termino como empecé señalando que me encantaría un poder judicial independiente, responsable y con decisiones basadas, claramente, en dotrinas jurídicas y que ello es absolutamente imprescindible en una sociedad democrática. Pero, somos muchos los que vemos con temor la situación actual que debiera hacernos reflexionar a todos y, con mayor intensidad, a los juristas profesionales.







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